miércoles, 7 de agosto de 2013

Comentarios sobre el artículo 25.2

Después de mi parón en las entradas del blog debido a falta de inspiración y otras faenas... he perdido el hilo de las psicoexperiencias y hoy me inspira algo más serio que me gustaría compartir.

Lo que escribiré a continuación es mi opinión. Mi opinión intento que sea algo vivo, reflexionado y flexible. A veces no lo consigo. Creo que otras veces intento compartir lo que me pasa por la mente y el corazón, sin demasiada forma... Os hago esta confesión porqué me gustaría explicaros lo que me ha sugerido una cita esta mañana y quizás no sea lo sintética o clara que me gustaría.

En uno de los muros de un centro penitenciario de la provincia de Barcelona he podido leer (y no es un grafitti!): "Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad restaran orientadas hacia la reeducación y la reinserción social"  Art. 25.2 de la Constitución española.

Es bonito, idealista y poco real, desgraciadamente, tanto por el panorama social actual como la realidad del entorno penitenciario.
Sin tener un amplio conocimiento de las instituciones penitenciarias y basándome en mi poca experiencia entrelazada con mis valores, oso opinar sobre este artículo tan "quedabien" de mi amiga la "Consti", que dicho sea de paso, somos de la misma quinta!

La población interna es espectacularmente heterogénea. La facilidad al acceso de la reinserción social es igual de heterogénea y algunas personas lo tendrán más fácil que otras. Pocos recursos, muchas personas, mal repartido.

El concepto reeducación me resulta curioso. Yo me pregunto ¿reeducar, el qué?. Me consta que algunas personas que trabajan allí hacen esfuerzos por "reeducar"... aunque no sé si sería esta la palabra. Aún así, el esfuerzo de algunos profesionales, no siempre es el mismo que el de la institución en general. ¿Reeducar para la no reincidencia? Sólo una parte de los que están cumpliendo condena no son consciente de que ha quebrantado la ley de algún modo y de que eso se considera que está mal. Y como se suele decir, una cosa es la ley y otra la justicia.

Si miro entre líneas el artículo, entiendo que la privación de libertad ha de servir para la reinserción social. Puf, que complicado, ¿no os parece? En la actualidad, son muchas personas de a pie que pretenden poder reinsertarse en (o sentirse parte de) la sociedad. La reinserción social es un camino que hemos de construir todos, ya que tal y como están las cosas hoy día, cualquier puede caer en la exclusión o vivirla muy de cerca. Así que no interesa no perder de vista este objetivo y tener en cuenta la realidad social. 

Como siempre, el contenido de la "Consti" está plagado de buenas intenciones aunque el resultado final no siempre sea el esperado.

PD: Soy consciente que el contenido de esta entrada está un tanto desordenado, pero mi sentir va en dirección de compartir esta inquietud que esta mañana me ha invadido.

No hay comentarios:

Publicar un comentario